Visitantes extranjeros
Área: CAI
El Consejo General del INE, a través del Acuerdo INE/CG02/2025 , aprobó y emitió la convocatoria dirigida a la comunidad internacional interesada en acreditarse como personas visitantes extranjeras para acompañar el Proceso Electoral Extraordinario para la Elección de Diversos Cargos del Poder Judicial de la Federación 2024-2025
¿Qué es un visitante extranjero?
Es la figura legal por la que se reconoce en México a las y los ciudadanos con nacionalidad diferente a la mexicana, interesados en presenciar el desarrollo de los procesos electorales en nuestro país, en sus diferentes fases y etapas.
Las y los mexicanos, por nacimiento o nacionalidad, deben acreditarse como observador electoral nacional, sin importar su lugar de residencia
El Consejo General del INE, a través del acuerdo INE/CG537/2023, aprobó y emitió la convocatoria dirigida a la comunidad internacional interesada en acreditarse como personas visitantes extranjeras para acompañar el proceso electoral federal y los procesos electorales concurrentes 2023- 2024.
Las personas visitantes extranjeras podrán realizar informes como resultado de este ejercicio de observación.
¿Qué necesito para acreditarme como visitante extranjero?
Para acreditarte como persona visitante extranjera necesitas enviar a visitantes.extranjeros@ine.mx la solicitud de acreditación, una fotografía y el pasaporte vigente.
Las personas visitantes extranjeras podrán:
Conocer, presenciar e informarse sobre el desarrollo del Proceso Electoral en cualquiera de sus etapas y en cualquier ámbito del territorio nacional.
Solicitar ante la autoridad electoral responsable del proceso electoral, la autoridad jurisdiccional competente, así como con partidos, candidatos y coaliciones, entrevistas o información sobre sus actividades.
Las personas visitantes extranjeras acreditadas deberán abstenerse de:
- Sustituir u obstaculizar a las autoridades electorales en el ejercicio de sus funciones.
- Hacer proselitismo.
- Manifestarse a favor o en contra de cualquier partido político y/o candidatura.
- Realizar cualquier actividad que altere la equidad de la contienda.
- Externar cualquier expresión de ofensa, difamación o calumnia en contra de las instituciones, autoridades electorales, partidos políticos o candidaturas.
- Declarar el triunfo de algún partido político o candidatura.
- Declarar tendencias sobre la votación antes y después de la Jornada Electoral.
- Portar o utilizar emblemas, distintivos, escudos o cualquier otra imagen relacionada con partidos políticos, candidaturas, posturas políticas o ideológicas relacionadas con la elección.
Informes de Misiones de Observación Internacional Electoral
Conoce los informes presentados por las misiones de observación electoral internacional y de las personas visitantes extranjeras desde 1994.