Acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral por el que, ante la consulta formulada por la Consejera Presidenta del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca y la solicitud del Consejo General del mismo organismo, se determina la asignación de tiempo en Radio y Televisión a dicho instituto para la difusión de promocionales relacionados con los procesos de elección que se rigen por sistemas normativos indígenas y se emiten los Lineamientos operativos mínimos para la aplicación del artículo 52, numeral 3 del Reglamento de Radio y Televisión en Materia Electoral.